Últimos días para domiciliar la Declaración de la Renta 2025: el jueves finaliza el plazo.
La Agencia Tributaria recuerda que el plazo para domiciliar declaraciones con resultado a ingresar finaliza este jueves.
La Agencia Tributaria recuerda que este jueves es el último día para domiciliar el pago de las declaraciones de la Renta 2025 que resulten a ingresar. Este plazo afecta tanto a declaraciones presentadas por Internet como a aquellas realizadas a través del Plan “Le Llamamos”. Aunque la campaña continúa abierta hasta el 30 de junio, las declaraciones con resultado a pagar solo pueden domiciliarse hasta el jueves, conforme al calendario oficial de la AEAT.
Por qué la domiciliación termina antes del cierre de campaña
La normativa tributaria exige que las domiciliaciones bancarias se gestionen con varios días de antelación respecto al fin de campaña. El objetivo es permitir a la Agencia Tributaria ordenar los cargos correctamente y garantizar que los pagos se efectúen dentro del ejercicio correspondiente.
Según el Calendario del Contribuyente 2026, el último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria es el 25 de junio, mientras que el plazo general de presentación finaliza el 30 de junio. Esto implica que:
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Hasta el jueves se puede presentar la declaración y domiciliar el pago.
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Del viernes 26 al lunes 30 ya no será posible domiciliar, aunque sí presentar la declaración.
Opciones de pago según la fecha de presentación
Hasta el jueves
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Domiciliación bancaria del importe total.
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Domiciliación del primer plazo en caso de fraccionamiento.
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Pago mediante NRC (cargo inmediato).
Del viernes 26 al lunes 30
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No se permite la domiciliación bancaria.
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Pago mediante NRC.
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Fraccionamiento sin domiciliación, lo que obliga al contribuyente a realizar manualmente el segundo pago en noviembre.
Recordatorio sobre el fraccionamiento del pago
La Ley del IRPF permite fraccionar el pago en dos plazos sin intereses:
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60 por ciento al presentar la declaración.
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40 por ciento restante hasta el 5 de noviembre.
Si el contribuyente domicilia el primer plazo antes del jueves, el segundo plazo también puede quedar domiciliado automáticamente.
Quiénes están obligados a presentar la Renta 2025
Para ampliar la información, se recuerdan los principales supuestos de obligación:
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Rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador.
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Más de 15.000 euros si existen varios pagadores y el segundo supera los 1.500 euros.
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Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros.
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Rentas inmobiliarias imputadas, subvenciones o ayudas públicas superiores a 1.000 euros.
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Autónomos y profesionales, que están obligados en todos los casos.
Novedades relevantes de la campaña de Renta 2025
La campaña de este año incorpora varios aspectos que afectan a un número significativo de contribuyentes:
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Actualización de los mínimos personales y familiares, con impacto positivo en rentas bajas.
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Mantenimiento de las deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas.
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Mayor control sobre operaciones con criptomonedas y activos digitales.
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Refuerzo de la vigilancia sobre ingresos procedentes de alquileres y viviendas turísticas.
Consecuencias de presentar fuera de plazo
Presentar la declaración después del 30 de junio puede implicar:
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Recargo del 1 por ciento más un 1 por ciento adicional por cada mes de retraso.
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Sanciones superiores al 50 por ciento de la cuota si la AEAT requiere la presentación.
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Intereses de demora si el retraso supera los doce meses.
Recomendación final
Los contribuyentes cuya declaración resulte a ingresar y deseen domiciliar el pago deben presentarla antes del jueves. A partir de esa fecha, solo podrán optar por el pago mediante NRC o por el fraccionamiento sin domiciliación.
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