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Nueva Regulación para Alquileres de Corta Duración en España en 2025

Registro Obligatorio para Alojamientos Turísticos y Temporales

Nueva Regulación para Alquileres de Corta Duración en España en 2025

A partir del 1 de julio de 2025, todos los propietarios que ofrezcan alquileres de corta duración en España, ya sean turísticos, de temporada o por habitaciones, deberán cumplir con un nuevo registro obligatorio. Esta normativa, impulsada por el Real Decreto 1312/2024, busca aumentar la transparencia y garantizar el cumplimiento legal en el sector. Te explicamos todo lo que necesitas saber sobre esta regulación y cómo adaptarte a ella.

 

¿Qué es el Registro Único de Alquileres?

El Registro Único de Alquileres, implementado a través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, es un sistema centralizado gestionado por el Colegio de Registradores de España.

Su objetivo es regular los alquileres de corta duración, incluyendo viviendas turísticas, alquileres de temporada (como para estudiantes o trabajadores temporales) y alquileres por habitaciones.

Cada propiedad deberá obtener un Número de Registro de Alquiler (NRA), obligatorio para anunciarse en plataformas digitales como Airbnb, Booking o Vrbo. Esta medida, que entró en vigor el 2 de enero de 2025, será de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de julio de 2025, tras un periodo de transición para adaptaciones.

 

¿A Qué Propiedades Afecta?

La normativa aplica a cualquier alojamiento de corta duración, definido como arrendamientos temporales con fines turísticos, laborales, estudiantiles o médicos, que se ofrezcan a cambio de una remuneración y se publiciten en plataformas digitales que permitan formalizar contratos y pagos a distancia. Esto incluye:

  • Viviendas completas destinadas a alquiler turístico o de temporada.
  • Habitaciones individuales en viviendas compartidas.
  • Embarcaciones u otras propiedades que permitan estancias cortas, siempre que no estén vinculadas a la navegación.

Quedan excluidos los alquileres de vivienda habitual (regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos), hoteles, campings y alojamientos rurales ya inscritos en registros autonómicos, siempre que incluyan su número de registro autonómico en los anuncios.

 

¿Cómo Funciona el Proceso de Registro?

Para cumplir con la normativa, los propietarios deben seguir estos pasos:

  1. Acceso a la Ventanilla Única Digital: La solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores, utilizando un certificado digital.
  2. Documentación Requerida: Se debe presentar la referencia catastral de la propiedad, datos del propietario, tipo de alquiler (turístico, de temporada o por habitaciones), capacidad máxima de inquilinos y, en caso de alquiler turístico, la licencia autonómica correspondiente.
  3. Obtención del NRA: Tras validar la documentación, se asigna un Número de Registro de Alquiler (NRA), válido por 12 meses y renovable anualmente con una tasa de 27 €.
  4. Publicación del NRA: Este número debe figurar visiblemente en todos los anuncios en plataformas digitales. Las plataformas están obligadas a verificar el NRA y retirar anuncios sin registro válido a partir del 1 de julio de 2025.

 

Beneficios y Objetivos de la Normativa

Esta regulación, alineada con el Reglamento (UE) 2024/1028, busca:

  • Aumentar la transparencia: Proporciona información clara sobre los alquileres de corta duración, facilitando el control por parte de las autoridades.
  • Proteger a propietarios e inquilinos: Garantiza que las propiedades cumplan con requisitos legales y de calidad, ofreciendo seguridad jurídica a ambas partes.
  • Combatir el fraude: Reduce la economía sumergida al exigir el registro de todas las propiedades anunciadas en plataformas transaccionales.
  • Evaluar el impacto en el mercado: Permite a las administraciones analizar la influencia de los alquileres de corta duración en la disponibilidad de viviendas para alquiler permanente.

 

Consecuencias del Incumplimiento

A partir del 1 de julio de 2025, no registrar una propiedad destinada a alquiler de corta duración puede conllevar sanciones, como multas establecidas por normativas estatales, autonómicas o locales, y la retirada de los anuncios en plataformas digitales.

Además, las propiedades que no cumplan con requisitos como licencias autonómicas, autorizaciones de comunidades de propietarios o normativas de habitabilidad podrían ser denegadas en el registro.

 

¿Qué Deben Hacer los Propietarios Ahora?

Los propietarios deben comenzar a preparar la documentación necesaria y familiarizarse con el proceso de registro antes del 1 de julio de 2025. Se recomienda:

  • Verificar si la propiedad cumple con las normativas autonómicas y locales, especialmente para alquileres turísticos.
  • Consultar con un asesor legal o el Colegio de Registradores para garantizar que la documentación esté completa.
  • Actualizar los anuncios en plataformas digitales con el NRA una vez obtenido.

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