ICONOS FINALES-TRAZADOS

Más de 40 grandes compañías entregan a Hacienda datos detallados sobre su actividad fiscal.

Las empresas incluidas en el régimen de información país por país remiten datos sensibles sobre beneficios, impuestos y presencia internacional.

Más de 40 grandes compañías entregan a Hacienda datos detallados sobre su actividad fiscal.

Más de cuarenta grandes empresas españolas han enviado a la Agencia Tributaria información fiscal detallada sobre su actividad internacional, cumpliendo las obligaciones de transparencia reforzada que exige la normativa europea y los estándares BEPS de la OCDE. 

 

 

Obligación de información país por país

Las compañías afectadas forman parte del régimen de información país por país (Country-by-Country Reporting, CbCR), una obligación establecida por la Ley 58/2003, General Tributaria, y desarrollada por el Real Decreto 634/2015, que regula el Impuesto sobre Sociedades.

Esta obligación afecta a:

  • Grupos multinacionales con una cifra de negocios consolidada superior a 750 millones de euros.
  • Matrices residentes en España o filiales españolas obligadas a reportar por ausencia de intercambio automático con el país de la matriz.

El objetivo es proporcionar a Hacienda una visión completa de la distribución de ingresos, beneficios, impuestos pagados y actividad económica en cada jurisdicción donde opera el grupo.

 

Qué información deben remitir las empresas

El informe país por país incluye datos altamente sensibles, entre ellos:

  • Ingresos totales desglosados por jurisdicción.
  • Beneficios antes de impuestos.
  • Impuestos devengados y pagados.
  • Número de empleados.
  • Activos tangibles.
  • Actividades principales de cada entidad del grupo.

Toda esta información permite a la Agencia Tributaria detectar posibles riesgos fiscales, incoherencias o prácticas de planificación agresiva.

 

Impacto para las empresas españolas

Las más de 40 empresas obligadas a presentar esta información pertenecen a sectores como:

  • Energía
  • Telecomunicaciones
  • Banca
  • Distribución
  • Infraestructuras
  • Industria y transporte

Para estas compañías, el cumplimiento implica:

  • Adaptación de sistemas contables y de consolidación.
  • Coordinación entre filiales internacionales.
  • Revisión de políticas fiscales internas.

El incumplimiento puede acarrear sanciones significativas, reguladas en el artículo 198 de la LGT, que contempla multas por no presentar declaraciones obligatorias o hacerlo de forma incompleta.

 

Transparencia fiscal y supervisión internacional

La información país por país no se publica de forma individualizada, pero sí se utiliza para:

  • Evaluar riesgos fiscales.
  • Seleccionar contribuyentes para inspecciones.
  • Intercambiar datos con otras administraciones tributarias de la UE y la OCDE.

Este intercambio automático está regulado por la Directiva 2016/881 de la Unión Europea, que obliga a los Estados miembros a compartir esta información para mejorar la cooperación fiscal internacional.

 

Finalidad del control reforzado

La normativa responde a los estándares internacionales del Plan BEPS de la OCDE, cuyo objetivo es combatir:

  • La erosión de bases imponibles.
  • El traslado artificial de beneficios a territorios de baja tributación.
  • La falta de transparencia en la fiscalidad internacional.

España fue uno de los primeros países de la UE en incorporar este sistema de reporte obligatorio, que se aplica desde 2016.

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