Más de 40 grandes compañías entregan a Hacienda datos detallados sobre su actividad fiscal.
Las empresas incluidas en el régimen de información país por país remiten datos sensibles sobre beneficios, impuestos y presencia internacional.
Más de cuarenta grandes empresas españolas han enviado a la Agencia Tributaria información fiscal detallada sobre su actividad internacional, cumpliendo las obligaciones de transparencia reforzada que exige la normativa europea y los estándares BEPS de la OCDE.
Obligación de información país por país
Las compañías afectadas forman parte del régimen de información país por país (Country-by-Country Reporting, CbCR), una obligación establecida por la Ley 58/2003, General Tributaria, y desarrollada por el Real Decreto 634/2015, que regula el Impuesto sobre Sociedades.
Esta obligación afecta a:
- Grupos multinacionales con una cifra de negocios consolidada superior a 750 millones de euros.
- Matrices residentes en España o filiales españolas obligadas a reportar por ausencia de intercambio automático con el país de la matriz.
El objetivo es proporcionar a Hacienda una visión completa de la distribución de ingresos, beneficios, impuestos pagados y actividad económica en cada jurisdicción donde opera el grupo.
Qué información deben remitir las empresas
El informe país por país incluye datos altamente sensibles, entre ellos:
- Ingresos totales desglosados por jurisdicción.
- Beneficios antes de impuestos.
- Impuestos devengados y pagados.
- Número de empleados.
- Activos tangibles.
- Actividades principales de cada entidad del grupo.
Toda esta información permite a la Agencia Tributaria detectar posibles riesgos fiscales, incoherencias o prácticas de planificación agresiva.
Impacto para las empresas españolas
Las más de 40 empresas obligadas a presentar esta información pertenecen a sectores como:
- Energía
- Telecomunicaciones
- Banca
- Distribución
- Infraestructuras
- Industria y transporte
Para estas compañías, el cumplimiento implica:
- Adaptación de sistemas contables y de consolidación.
- Coordinación entre filiales internacionales.
- Revisión de políticas fiscales internas.
El incumplimiento puede acarrear sanciones significativas, reguladas en el artículo 198 de la LGT, que contempla multas por no presentar declaraciones obligatorias o hacerlo de forma incompleta.
Transparencia fiscal y supervisión internacional
La información país por país no se publica de forma individualizada, pero sí se utiliza para:
- Evaluar riesgos fiscales.
- Seleccionar contribuyentes para inspecciones.
- Intercambiar datos con otras administraciones tributarias de la UE y la OCDE.
Este intercambio automático está regulado por la Directiva 2016/881 de la Unión Europea, que obliga a los Estados miembros a compartir esta información para mejorar la cooperación fiscal internacional.
Finalidad del control reforzado
La normativa responde a los estándares internacionales del Plan BEPS de la OCDE, cuyo objetivo es combatir:
- La erosión de bases imponibles.
- El traslado artificial de beneficios a territorios de baja tributación.
- La falta de transparencia en la fiscalidad internacional.
España fue uno de los primeros países de la UE en incorporar este sistema de reporte obligatorio, que se aplica desde 2016.
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