Hacienda recorta la ventaja fiscal al vender una vivienda individual para adquirir otra en pareja.
La Agencia Tributaria aclara que la exención por reinversión no se aplica íntegra cuando el contribuyente compra la nueva casa junto a otra persona y no destina todo el importe obtenido de la venta.
La Dirección General de Tributos ha fijado criterio sobre una situación cada vez más habitual: vender un piso adquirido en solitario y comprar una vivienda en pareja.
Según Hacienda, en estos casos la exención por reinversión en vivienda habitual no se aplica de forma completa, ya que el contribuyente no destina íntegramente el importe obtenido a la nueva compra.
1. ¿Qué dice exactamente Hacienda?
El criterio establece que la exención por reinversión solo cubre la parte del dinero efectivamente reinvertida por el contribuyente. Esto implica:
- Si vende un piso propio al 100%,
- pero compra una vivienda al 50% con su pareja,
- solo se considera reinvertido el 50% del importe destinado a la nueva casa.
El resto se entiende como no reinvertido, y por tanto tributa en el IRPF.
2. Un ejemplo práctico para entender el recorte fiscal
Imaginemos:
- Venta del piso de soltero: 150.000 €
- Ganancia patrimonial: 40.000 €
- Compra de vivienda en pareja: 200.000 € (100.000 € cada uno)
Hacienda considera que el contribuyente solo reinvierte 100.000 €, aunque haya aportado más dinero previamente. Por tanto:
- Una parte de la ganancia queda exenta,
- pero otra parte debe tributar, porque no se ha reinvertido el total obtenido en la venta.
3. ¿Por qué Hacienda aplica este criterio?
La normativa exige que la reinversión sea:
- Total,
- directa,
- y proporcional a la titularidad de la nueva vivienda.
Si la compra se hace en pareja, Hacienda entiende que el contribuyente no adquiere el 100% del nuevo inmueble, por lo que no puede aplicar la exención completa.
4. ¿Qué alternativas existen para no perder la exención?
Los asesores fiscales señalan varias opciones:
- Comprar la nueva vivienda al 100%, aunque la pareja aporte dinero por otras vías.
- Formalizar porcentajes de titularidad distintos, reflejando la reinversión real.
- Aportar el importe íntegro de la venta como contribución a la compra, si se pacta así en escritura.
- Acreditar documentalmente que la reinversión es total, aunque la titularidad sea compartida.
Cada caso requiere análisis individual para evitar sorpresas en el IRPF.
Conclusión
Hacienda ha dejado claro que vender un piso adquirido en solitario y comprar una vivienda en pareja limita la exención por reinversión en vivienda habitual.
El contribuyente solo podrá beneficiarse de la parte proporcional que realmente reinvierta en la nueva casa, lo que puede traducirse en una factura fiscal inesperada.
La recomendación de los expertos es planificar la operación y la titularidad antes de firmar la compra.
ÁREA CLIENTES
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.