Modelo 170: control fiscal de Bizum y pagos digitales.
Desde 2026, bancos y plataformas deberán informar mensualmente de los ingresos de autónomos y empresas.
Desde el 1 de enero de 2026, entra en vigor una nueva obligación informativa que transformará la forma en que la Agencia Tributaria monitoriza los ingresos procedentes de medios de pago digitales. A través del denominado Modelo 170, bancos, entidades de pago y plataformas electrónicas deberán comunicar mensualmente los cobros que autónomos y empresas reciban mediante Bizum, tarjetas, TPV u otros sistemas electrónicos.
La primera remisión de datos se realizará en febrero de 2026 con la información correspondiente a enero. El cambio supone pasar de un modelo de información puntual o anual a un sistema de reporte periódico y estructurado.
📌 Qué es el Modelo 170 y por qué es relevante
El Modelo 170 es una declaración informativa que deberán presentar las entidades que facilitan pagos electrónicos para actividades económicas. Su finalidad es permitir a Hacienda tener una visión más actualizada y completa de los ingresos reales generados por profesionales y empresas.
Este nuevo enfoque responde a la transformación del tejido económico: el uso de pagos digitales se ha generalizado, especialmente entre autónomos, comercio minorista, hostelería y servicios.
📊 Qué datos se comunicarán
Las entidades obligadas deberán reportar mensualmente información agregada, entre ella:
• Identificación del autónomo o empresa que recibe los cobros.
• Medio de pago utilizado (Bizum, tarjeta, TPV u otros sistemas electrónicos).
• Importe total mensual facturado a través de estos medios.
• Cuentas bancarias en las que se ingresan los fondos.
No se trata de un registro de cada transacción individual, sino de información consolidada por meses vinculada a la actividad económica.
👥 A quién afecta directamente
El impacto es amplio y transversal:
• Autónomos que cobran por Bizum o tarjeta.
• Comercios físicos y negocios con TPV.
• Empresas de servicios que reciben pagos electrónicos recurrentes.
• Plataformas digitales que canalizan cobros profesionales.
Quedan fuera los pagos entre particulares sin relación con una actividad económica (por ejemplo, Bizum entre amigos o familiares).
🏦 Quién está obligado a informar
La obligación no recae en autónomos ni empresas, sino en los intermediarios financieros:
• Bancos y entidades de crédito.
• Entidades de pago y de dinero electrónico.
• Proveedores de TPV.
• Plataformas tecnológicas que gestionen cobros electrónicos.
Estas organizaciones serán las responsables de enviar la información a Hacienda.
🎯 Objetivos del cambio normativo
El Modelo 170 se enmarca en una estrategia más amplia de modernización del control tributario. Sus objetivos principales son:
• Adaptar la fiscalidad a la economía digital.
• Facilitar el cruce de datos con declaraciones de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades.
• Detectar discrepancias entre ingresos declarados y cobros reales.
• Reducir el fraude y la economía sumergida.
• Aumentar la trazabilidad financiera de la actividad empresarial.
⚠️ Qué NO implica esta medida
Es importante aclarar varios puntos:
• No se crea un nuevo impuesto por cobrar por Bizum o tarjeta.
• Autónomos y empresas no presentan el Modelo 170: lo hacen las entidades financieras.
• No afecta a pagos personales entre particulares.
• No supone automáticamente sanciones: el objetivo es informativo y de control.
📉 Impacto práctico para autónomos y empresas
Aunque la obligación es para bancos y plataformas, el efecto real se trasladará al día a día empresarial:
• Mayor coherencia exigida entre ingresos reales y declarados.
• Incremento del control fiscal sobre la facturación electrónica.
• Reducción del margen para omisiones involuntarias o errores contables.
• Necesidad de llevar una gestión financiera más ordenada y digitalizada.
• Mayor relevancia de la asesoría fiscal estratégica.
Las empresas que ya trabajan con contabilidad digital y trazabilidad de ingresos apenas notarán cambios; aquellas con procesos menos estructurados deberán adaptarse.
📊 Un paso hacia el control fiscal en tiempo casi real
El Modelo 170 forma parte de una tendencia clara: la transición hacia un sistema tributario basado en datos frecuentes y automatizados.
La Agencia Tributaria avanza hacia:
• Información periódica.
• Mayor integración entre plataformas financieras y fiscales.
• Supervisión basada en datos y no solo en declaraciones voluntarias.
Este modelo ya se observa en otros ámbitos como la facturación electrónica obligatoria o los sistemas de reporte digital.
🤝 Efectos en competencia y mercado
La medida también puede tener efectos positivos:
• Favorece la competencia leal entre negocios.
• Reduce la economía sumergida en sectores intensivos en pagos electrónicos.
• Profesionaliza la gestión financiera de autónomos y pymes.
• Aumenta la transparencia en el ecosistema empresarial.
💡 Clave estratégica para 2026
El cambio no es solo técnico ni administrativo: refleja una evolución estructural del sistema fiscal y del propio modelo económico.
La digitalización de los pagos implica: más control, más datos y más responsabilidad en la gestión financiera.
Para autónomos y empresas, la prioridad será adaptarse:
• Revisar procesos contables.
• Alinear ingresos reales con declaraciones.
• Apostar por herramientas de gestión digital.
• Integrar asesoramiento fiscal en la toma de decisiones.
📌 Conclusión
El Modelo 170 no es un simple trámite informativo: es un paso decisivo hacia un sistema tributario conectado con la economía digital.
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