ICONOS FINALES-TRAZADOS

Hacienda aprueba una deducción en el IRPF para rentas bajas desde 2026

Respiro fiscal para las rentas más ajustadas.

Hacienda aprueba una deducción en el IRPF para rentas bajas desde 2026

El Ministerio de Hacienda ha confirmado oficialmente la implementación de una nueva deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinada a aliviar la presión fiscal sobre los trabajadores con ingresos más bajos, que se aplicará a partir de la campaña de la Declaración de la Renta de 2026 (correspondiente a los ingresos del ejercicio 2025).

 

La medida, que ya ha sido detallada por la Agencia Tributaria y recogida en la normativa fiscal, afectará de forma positiva a millones de contribuyentes en todo el territorio español.

 

¿En qué consiste la deducción?

  • Se trata de una deducción directa en la cuota del IRPF cuyo objetivo es compensar parte de la carga fiscal que soportan quienes perciben salarios bajos o próximos al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • La cuantía máxima de esta deducción puede alcanzar aproximadamente 340 € al año, dependiendo de los ingresos y circunstancias individuales del contribuyente.
  • La deducción se aplicará automáticamente en el borrador de la renta siempre que se cumplan los requisitos previstos por la normativa, sin necesidad de trámites adicionales por parte del trabajador.

 

Perfil de quienes se benefician

Esta deducción se ha diseñado específicamente para trabajadores con rentas del trabajo bajas, especialmente aquellos cuyos ingresos se sitúan cerca del Salario Mínimo Interprofesional.

Aunque las cifras de referencia concretas pueden variar según la legislación final y los umbrales fijados, la medida pretende asegurar que los trabajadores con sueldos más modestos no vean aumentar su carga impositiva de forma desproporcionada debido a una mayor retención en nómina tras la subida de salarios y del SMI.

 

Fundamento legal y aplicación práctica

La deducción fue incluida en la Ley 5/2025 de medidas fiscales, administrativas y del orden social, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con efectos desde el 1 de enero de 2025, y su aplicación práctica se realizará durante la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al año fiscal 2025, a presentar en 2026.

La Agencia Tributaria ha señalado que esta deducción se aplicará de forma automática en los borradores de renta, siempre que el contribuyente cumpla los requisitos y se sitúe dentro de los rangos de ingresos previstos.

 

Reacción social y repercusiones

Organizaciones sociales y sindicatos han acogido la medida como un avance en la progresividad del sistema fiscal, al tiempo que destacan la necesidad de fomentar medidas adicionales para apoyar a los trabajadores con rentas más bajas.

Asimismo, algunos técnicos fiscales recomiendan revisar detenidamente el borrador de la Renta para asegurarse de que la deducción se aplica correctamente.

 

Próximos pasos

La medida ya está en vigor para su aplicación práctica en 2026, y se espera que las autoridades fiscales publiquen guías informativas y ejemplos prácticos conforme se acerque el inicio de la campaña de la Declaración de la Renta, para orientar a los contribuyentes que puedan beneficiarse de esta deducción.

 

Conclusión

La nueva deducción en el IRPF representa un ajuste relevante en la política fiscal orientada a reforzar la progresividad del sistema tributario español. Su aplicación automática en la declaración de la renta simplificará el acceso al beneficio para los contribuyentes con menores ingresos, reduciendo cargas administrativas y mejorando la equidad fiscal.

De cara a la campaña de 2026, la Agencia Estatal de Administración Tributaria publicará los criterios técnicos definitivos y ejemplos prácticos de aplicación, por lo que se recomienda a los contribuyentes revisar su borrador y confirmar que la deducción se refleja correctamente conforme a la normativa vigente.

Solicitud de contacto

* Campos obligatorios

Protección de datos personales.

Responsable del tratamiento: SANTIAGO ESCUDERO SANCHEZ DE LA MORENA,
DOCTOR MARAÑON, 33 , PEDRO MUÑOZ

La finalidad del tratamiento de sus datos es dar respuesta a sus consultas y/o solicitudes de información, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD)
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos,

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aqui


Desliza para activar el botón