Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control del transporte de mercancías ya solo vale en formato digital.
El clásico papel que acompañaba a los camiones ha dejado de ser válido y ahora debe generarse de forma electrónica.
Desde el pasado 5 de octubre de 2026, todo transporte público de mercancías por carretera que se realice dentro de España debe ir acompañado de un documento de control en formato digital. El tradicional papel ya no es válido.
Esta obligación viene marcada por la Ley de Movilidad Sostenible de 2025 y afecta a transportistas autónomos, empresas de transporte y a quienes contratan el servicio (los cargadores).
Qué es este documento y para qué sirve
Se trata del mismo documento de control que ya existía desde hace años. No es una autorización nueva ni un permiso especial. Su función es dejar constancia de los datos básicos de cada envío: quién contrata el transporte, quién lo realiza realmente, de dónde sale la mercancía, a dónde va, qué se transporta y con qué vehículo.
Hasta ahora se podía hacer en papel o en formato digital. Desde el 5 de octubre solo se admite la versión digital, conocida como DeCA (documento electrónico de control administrativo). El cambio afecta únicamente al soporte: el contenido y la obligación de llevarlo siguen siendo los mismos.
A quién afecta y a quién no
La obligación se aplica a todos los transportes públicos de mercancías por carretera que se hagan dentro de España, incluidos los de cabotaje (cuando un transportista extranjero realiza un transporte interior en nuestro país).
No afecta a:
- Los transportes privados que hace una empresa para su propia actividad.
- Los transportes internacionales, que siguen usando los documentos de los convenios internacionales.
- Algunos casos concretos como mudanzas, recogida de vehículos averiados o envíos de paquetería de pocos bultos que se puedan manipular fácilmente.
Qué datos debe incluir
El documento tiene que recoger, como mínimo, estos datos:
- Nombre, NIF y domicilio de la empresa o persona que contrata el transporte (el cargador).
- Nombre y NIF del transportista que realmente hace el viaje.
- Origen y destino de la mercancía.
- Qué se transporta y cuánto pesa (o una medida equivalente si el peso exacto es difícil de calcular).
- Matrícula del vehículo.
- Fecha del transporte.
- Si el vehículo necesita alguna autorización especial de circulación, también debe aparecer.
Estos datos son los que revisan los agentes de inspección cuando paran un camión.
Cómo tiene que ser el documento digital
No vale escanear un papel ni hacer una foto. El documento debe generarse directamente en formato digital (PDF) desde un programa o aplicación. Además, tiene que cumplir estos requisitos:
- No puede pesar más de 5 MB.
- Debe llevar un código QR.
- Ese código QR tiene que enlazar a una página web desde la que se pueda descargar el documento original de forma inmediata, sin contraseñas ni pasos intermedios.
El conductor puede llevarlo en el móvil o en una tableta, o imprimir una copia que incluya el código QR. Lo importante es que, si le paran, pueda enseñarlo fácilmente y que el agente pueda comprobar el documento original a través del código.
Quién es el responsable
Tanto la empresa que contrata el transporte como el transportista que lo realiza tienen responsabilidad sobre el documento. Cada uno responde de que sus datos sean correctos y de que el documento vaya a bordo del vehículo durante todo el trayecto.
Si falta el documento o está incompleto, pueden sancionar a ambos. Por eso es importante que quede claro quién genera el documento y que el conductor lo tenga siempre disponible.
Qué pasa si no se cumple
Circular sin este documento o con uno incompleto se considera una infracción grave. Las multas pueden ir desde los 401 hasta los 600 euros, según el caso y la gravedad de la falta.
Además, el documento debe conservarse durante el tiempo que marca la normativa, aunque el transporte ya haya terminado.
Resumen práctico
Desde el 5 de octubre de 2026, cualquier transporte público de mercancías que se haga dentro de España necesita este documento en formato digital, generado correctamente y con todos los datos obligatorios. El papel ha dejado de valer.
El conductor debe poder mostrarlo en el momento de una inspección, ya sea en el móvil o en una impresión con el código QR.
Esta medida forma parte de la digitalización del sector del transporte impulsada por la Ley de Movilidad Sostenible y es de obligado cumplimiento para todos los profesionales afectados.
ÁREA CLIENTES
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.