Autónomos y pymes aún pueden salir del SII tras evitar VeriFactu.
Plazo ampliado por Hacienda tras el retraso de VeriFactu.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha ampliado el plazo para que pymes y autónomos puedan renunciar al Suministro Inmediato de Información (SII), incluso si accedieron al sistema de manera voluntaria con la intención de evitar la futura obligación de cumplir con el reglamento de facturación electrónica VeriFactu.
Esta posibilidad se mantiene hasta el 31 de enero de 2026, según confirmaciones recientes de la Agencia Tributaria.
La extensión de este periodo de salida extraordinaria responde al aplazamiento de VeriFactu, el sistema de facturación electrónica con medidas de control antifraude que inicialmente estaba previsto entrar en vigor en 2026 pero que se ha retrasado para dar más tiempo de adaptación a todos los contribuyentes.
¿Por qué algunas pymes entraron en el SII?
En los últimos meses, muchos autónomos y pequeñas empresas optaron por inscribirse en el SII de forma voluntaria, aunque no estaban obligados por volumen de operaciones, ante la expectativa de que la entrada inminente de VeriFactu implicaría costes elevados y obligaciones técnicas exigentes.
Al adherirse al SII, estos contribuyentes quedaban excluidos temporalmente de la obligación de implantar VeriFactu, lo que en algunos casos facilitaba su gestión de facturación.
Sin embargo, tras el anuncio del aplazamiento de VeriFactu, muchas pymes reconsideraron esa adhesión voluntaria al ver que mantener el SII que exige remitir información de facturas casi en tiempo real puede suponer costes operativos y técnicos innecesarios durante un periodo más largo.
Cómo y hasta cuándo se puede solicitar la salida
- Plazo extraordinario: Hasta el 31 de enero de 2026 los autónomos y pymes que se dieron de alta voluntariamente en el SII para evitar los requisitos de VeriFactu pueden solicitar su baja voluntaria del sistema.
- Sin penalización: La salida se puede realizar sin sanciones ni consecuencias administrativas siempre que se haga dentro del plazo establecido y mientras VeriFactu no se haya convertido en una obligación general.
- Efectos prácticos: Al salir del SII, el contribuyente deja de enviar sus libros de IVA casi en tiempo real a la Agencia Tributaria, pero no pierde obligaciones fiscales regulares como la presentación de declaraciones periódicas de IVA e IRPF o la llevanza de contabilidad conforme a la normativa vigente.
Contexto del aplazamiento de VeriFactu
VeriFactu es un sistema de facturación electrónica previsto en la Ley de Prevención del Fraude Fiscal, destinado a garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas mediante software homologado.
Aunque inicialmente la obligación para autónomos y pymes estaba programada para enero y julio de 2026, el Gobierno decidió aplazar su entrada hasta 2027 en un intento por facilitar la adaptación del tejido productivo a los nuevos requisitos técnicos.
Este relevo en los plazos implica que muchas empresas aún debaten si adaptar sus sistemas directamente a VeriFactu o volver a modelos anteriores de llevanza de libros (como el SII o los registros electrónicos tradicionales), de acuerdo con la planificación y recursos disponibles.
Consejos para las pymes y autónomos
- Evaluar costes y beneficios: Antes de decidir salir del SII, conviene analizar los recursos internos, costes tecnológicos y exigencias de adaptación a VeriFactu.
- Asesoramiento fiscal y contable: Consultar con un profesional para asegurar que la renuncia no afecte a la correcta gestión de IVA o a otras obligaciones tributarias.
- Planificación anticipada: Aunque la obligación de VeriFactu se ha aplazado, 2026 sigue siendo un año clave de transición para prepararse y evitar problemas operativos o sanciones futuras.
Conclusión
Gracias al aplazamiento de VeriFactu y a la ampliación del plazo de salida del SII, las pymes y autónomos que se habían inscrito en este sistema para esquivar la nueva obligación de facturación electrónica aún tienen tiempo de renunciar al SII sin penalizaciones antes del cierre del período extraordinario el 31 de enero de 2026.
Esta medida ofrece una mayor flexibilidad en la gestión del IVA y de los sistemas de facturación en un momento de importantes cambios normativos en materia tributaria.
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